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Regimen de Administración de la Propiedad HorizontalRegimen de Administración de la Propiedad Horizontal

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Régimen de Administración de la Propiedad Horizontal El Administrador deberá ser una persona natural o jurídica, designada por la Asamblea de Copropietarios por mayoría de votos, quien durará un año en sus funciones y podrá ser reelecto por períodos sucesivos. Esta designación es revocable en cualquier momento A falta de nombramiento, el Juez de Municipio a solicitud de uno cualquiera de los copropietarios, está autorizado para efectuar la designación que, preferentemente, recaerá en uno de los propietarios. La responsabilidad del administrador está regida por las normas relativas al mandato, y este deberá prestar garantía suficiente a juicio de la asamblea de copropietarios y, así mismo, si tuvieran interés en ella, del enajenante de los apartamentos y del acreedor hipotecario. En cuanto a sus funciones, el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal las señala ampliamente y todas buscan resguardar los intereses de los propietarios, tal como es el caso de representar en j...

Efecto de la indivisibilidad de la cosas sobre la partición

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Efecto de la indivisibilidad de la cosas sobre la partición C uando la cosa común se divide entre los comuneros, la comunidad generalmente sufre su disolución, bien cuando ocurre de forma amistosa o voluntaria, donde se liquida el régimen comunitario, convirtiéndose la cuota de cada comunero en un correspondiente y proporcionado derecho exclusivo sobre un bien concreto, con compensaciones o sin ellas. También puede ocurrir que la división se de manera judicial, mediante la adjudicación de una parte material y concreta, proporcionalmente a la cuota de cada comunero, o a través de la denominada división civil, también llamado procedimiento sustitutivo de la división material, la cual consiste en la venta de la cosa común y reparto del precio. Cada propietario tiene derecho a pedir la división tanto total como parcial de las cosas comunes, pero la misma no podrá acordarse sino en los casos en que lo autorice la Ly de la materia o la Asamblea de los propietarios por el voto de...

Posibilidad de Enajenación de Apartamentos

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Posibilidad de Enajenación de Apartamentos: No podrá registrarse ningún tipo de documento de enajenación de pisos o apartamentos, sino se han cumplido las formalidades relativas a los planos explicativos, al documento de condominio y demás instrumentos a que se refiere el artículo 26 de la Ley de Propiedad Horizontal. E l documento de enajenación debe hacerse mención a los datos referentes a la ubicación del inmueble, área de construcción, otros elementos de identificación que se consideren necesarios y las menciones correspondientes al documento de condominio con el porcentaje correspondiente al valor atribuido a cada apartamento con relación al fijado a la totalidad del inmueble, lo cual corresponde a la cuota de la comunidad y constituye o forma la copropiedad.

La Propiedad Horizontal

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La Propiedad Horizontal En Venezuela existe la Ley de Propiedad Horizontal, es la que regula La propiedad Horizontal, la cual contiene un conglomerado  de normas que permiten al copropietario tener un régimen organizativo de la propiedad de pisos o apartamentos  de un mismo inmueble. La Propiedad Horizontal es una propiedad especial que se constituye exclusivamente sobre edificios divididos en apartamentos o locales que pueden ser aprovechados independientemente. La Propiedad Horizontal se caracteriza por cuanto en ella coexisten dos clases de derecho de propiedad: Un Derecho de Propiedad Individual, sobre el apartamento o local y un Derecho de Propiedad Colectivo o de la comunidad que conforma el edificio, sobre las áreas comunes de toda la construcción. Extinción de la Propiedad Horizontal: Por destrucción total del edificio. Por destrucción de una porción del edificio que represente, la tres cuartas pates del mismo. Por ruinas del edificio en...

Deberes y Derechos de los comuneros

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Deberes y Derechos de los comuneros: Se inspiran en los siguientes principios: Todos los comuneros tienen derechos cualitativamente iguales. "El concurso de los comuneros, tanto en las ventajas, como en las cargas de la comunidad, será proporcional a las respectivas cuotas. Art. 760 Código Civil. Los Derechos y Deberes de todos los comuneros tienen igual energía, salvo que se pruebe que las cuotas son desiguales, porque de acuerdo a la Ley "la parte de los comuneros en la cosa común, se presume igual, mientras no se pruebe otra cosa". Art. 760 Código Civil.                     Derechos: Usar, disfrutar y disponer: Los comuneros tienen derecho al uso de la cosa común. Art. 761 Código Civil. Los comuneros poseen derecho al disfrute de la cosa común, es decir a percibir los provechos de los frutos correspondientes.  Por ultimo mencionamos la disposición de la cosa común, la cual recae sobre la propiedad de la cuota de...

La Comunidad

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La Comunidad Es la unión de dos o mas sujetos que tienen un derecho de idéntica naturaleza jurídica sobre la totalidad de un mismo objeto. La comunidad la integran los individuos unidos por vínculos naturales o espontáneos y por objetivos que transcienden a los particulares. Comunidad Pro - Indiviso: En la que el derecho de cada comunero se extiende a la totalidad del objeto común. Comunidad Pro - Diviso: Representa únicamente un haz de propiedades distintas, sobre partes concretas y autónomas del objeto, vinculadas precisamente con éste último. La Comunidad es la atribución a varios sujetos de uno o varios derechos. Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas.